Fondo de recreación
INTRODUCCIÓN
La Junta Directiva de SINTRACONTEXA en cumplimiento con el Estatuto en sus artículos 38 Numeral 2 y el artículo 49, instituyen el presente reglamento con el objetivo de brindar apoyo a los afiliados vinculados en el área de la recreación y cultura, atendiendo a lo preceptuado por el decreto 036 de 2016 en su artículo 2.2.2.1.28 Numeral 6, el cual señala que se debe destinar unos recursos específicos para el efecto.
CONSIDERANDO:
1. Que es función de la Junta Directiva reglamentar las comisiones de apoyo de acuerdo con el estatuto artículo 38 Numeral 2.
2. Que es una tarea permanente de la Junta Directiva hacer ajustes al Reglamento de la Comisión de Recreación y Cultura para que satisfaga los intereses y las necesidades de los afiliados, de conformidad con la capacidad técnica y económica de Sintracontexa.
3. Que se requiere brindar una orientación a la Comisión para la ejecución de sus actividades, tendiendo a mejorar la capacidad, el desempeño, el comportamiento social, cultural y el desarrollo de Sintracontexa.
4. Que se hace necesario determinar la forma reglamentaria para el buen funcionamiento de la Comisión y brindar apoyo al afiliado y su grupo familiar en el área de la cultura y la recreación.
5. Que para que la comisión funcione se hace necesario asignar unos recursos, con base en la situación financiera de la organización.
RESUELVE:
ARTICULO 1. FINALIDAD:
Por el cual se ajusta, modifica y actualiza el Reglamento de la Comisión de Recreación y Cultura, el cual es un organismo asesor de la Junta Directiva y estará encargado de contribuir al desarrollo integral, físico, mental, emocional; por medio de la convivencia y esparcimiento del afiliado y su grupo familiar; fomentando espacios para la actividad artística, deportiva y recreativa, esta comisión tendrá asignación de presupuesto y rendirá informe de sus actividades a la respectiva Junta Directiva nacional o seccional según el caso.
ARTICULO 2. CONFORMACION DE LA COMISIÓN:
Los miembros de Junta Directiva podrán participar en las comisiones, bajo la figura de coordinador.
La Junta Directiva seleccionará los afiliados delegados que integraran esta comisión, teniendo en cuenta la representación en la mayoría de los sitios de trabajo, los afiliados seleccionados deben demostrar su interés, compromiso, responsabilidad y disponibilidad para contribuir a generar espacios para la recreación y cultura de los afiliados y su grupo familiar.
La Comisión de Recreación y Cultura, estará conformado por siete (7) miembros numéricos, más el coordinador, tratando de tener representación de los sitios de trabajo con mayor número de afiliados. Serán elegidos por un periodo de un año, pudiendo ser reelegidos o removidos en cualquier momento. Los nombrados no podrán ser miembros de la Junta Directiva. Deberán cumplir los requisitos estipulados en este reglamento.
La Junta Directiva comunicara por medio escrito el nombramiento a cada miembro de la comisión, así como informar a los afiliados los nombres de los integrantes y sus sitios de trabajo.
PARÁGRAFO 1: Los miembros de la Comisión de Recreación y Cultura deben ser afiliados delegados de Sintracontexa.
PARAGRAFO 2: En caso de desintegración de la Comisión de Recreación y Cultura, el miembro que permanezca solicitará a la Junta Directiva la convocatoria para su nombramiento.
ARTICULO 3. INSTALACIÓN:
Luego de ser nombrados por la Junta Directiva los integrantes de la comisión, se reunirán en pleno donde se instalará y designará presidente, vicepresidente y secretario.
ARTÍCULO 4. TIPOS DE REUNIÓN:
La Comisión de Recreación y Cultura, sesionará ordinariamente dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, y extraordinariamente cuando lo estime necesario por derecho propio o a petición de la Junta Directiva.
ARTICULO 5. QUÓRUM Y DECISIONES:
El quórum mínimo para deliberar lo constituye la participación de cuatro (4) miembros. Cuando el quórum sea mínimo, las decisiones se tomarán por unanimidad. Cuando asistan todos los miembros, las decisiones se tomarán por el voto favorable de cuatro (4).
ARTÍCULO 6. CITACIÓN:
La citación para la reunión ordinaria la realizará el secretario con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la celebración de esta, mediante comunicación enviada por WhatsApp a los miembros de la Comisión. El presidente de la comisión podrá convocar a reunión extraordinaria, en cualquier momento y sin formalidad alguna. Si un miembro de la comisión tiene algún tema o asunto que deba ser tratado con urgencia, se deberá comunicar con el presidente o secretario para que éste cite a la reunión correspondiente.
ARTICULO 7. ACTAS:
De las actuaciones de la Comisión se dejará constancia en actas suscritas y aprobadas por los miembros asistentes a la reunión. Estas actas estarán a disposición de la Junta Directiva para el conocimiento de las decisiones tomadas. Anexo No. 01: Formato Acta Comisión de Recreación y Cultura.
ARTÍCULO 8. CARGO PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE:
Una vez elegida la Comisión se designará un presidente quien se encargará de tomar la vocería dentro de la comisión y de representarlo ante la Junta Directiva y la Asamblea, el vicepresidente será reemplazo del presidente en su ausencia y tendrá las mismas responsabilidades.
ARTÍCULO 9. CARGO SECRETARIO:
En cada reunión ordinaria o extraordinaria el secretario elaborará el acta de la respectiva reunión, debe ser firmada por cada uno de los integrantes, presentes en la reunión, y deberá cumplir con los requisitos establecidos según formato. El Acta y sus anexos deberán ser guardados y estar a disposición en caso de ser solicitadas.
Es responsabilidad del secretario informar y enviar un correo electrónico a la dirección de correo info@sintracontexa.com con una antelación de 5 días previos a la celebración de la reunión ordinaria de la Comisión, solicitando el transporte y refrigerio y proporcionando una lista de los miembros de la Comisión que asistirán.
ARTICULO 10. FUNCIONES DEL PRESIDENTE:
Son funciones del presidente las siguientes:
1. Convocar a los miembros de la Comisión a las reuniones extraordinarias.
2. Presidir y coordinar el proceso de las reuniones.
3. Controlar la distribución y ejecución del presupuesto.
4. Coordinar y liderar los programas de recreación, artísticos, deportivos y culturales, así como el plan de actividades.
5. Dirigir estos programas y el plan de actividades con la aprobación de la Junta Directiva.
6. Firmar las actas.
7. Presentar Informe a la Junta Directiva sobre el resultado de las actividades desarrolladas en el año, al igual que el manejo de los presupuestos otorgados a la comisión.
8. Presentar a la asamblea la gestión de la comisión
PARAGRAFO: Las anteriores funciones las asumirá el vicepresidente en ausencia del presidente.
ARTICULO 11. FUNCIONES DEL SECRETARIO:
Son funciones del secretario las siguientes:
1. Citar por WhatsApp a los miembros de la Comisión a las reuniones ordinarias.
2. Elaborar y archivar las actas debidamente firmadas.
3. Coordinar con la secretaria de Sintracontexa el manejo de la correspondencia entrante y saliente para las decisiones en las reuniones de la Comisión.
4. Recopilar los soportes contables (cuentas de cobro o facturas) para cada erogación de dinero.
5. Presentar en reuniones de la comisión las cotizaciones necesarias, así como el análisis de la mejor propuesta.
6. Llevar de manera actualizada las estadísticas para los informes requeridos.
7. Las demás que le sean asignadas y relacionadas con la comisión.
ARTÍCULO 12. COMPETENCIA DE LA COMISIÓN:
Es competencia de la Comisión de Recreación y Cultura, evaluar y decidir sobre cada situación, para determinar la viabilidad de la aprobación de los recursos destinados para fomentar espacios de recreación, deporte y cultura, aplicando los principios de equidad, justicia y mérito del afiliado y su grupo familiar.
ARTÍCULO 13. FUNCIONES DE LA COMISIÓN
Son funciones de la Comisión de Recreación y Cultura de Sintracontexa, las siguientes:
1. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento en armonía con las normas que en la materia se aprueben.
2. Promover, generar espacios para el esparcimiento, la recreación, habilidades artísticas y la cultura de los afiliados y su grupo familiar.
3. Presentar ante la Junta Directiva, propuestas y programas que lleven al fin propuesto.
4. Gestionar la consecución de otros recursos extraordinarios, para incrementar el presupuesto asignado para esta comisión.
5. Rendir un informe general de la vigencia, en el que se resuma la labor desarrollada con el fin de insertarlo en el informe que la Junta Directiva deberá presentar a la Asamblea.
6. Dar soporte y ayuda a los afiliados directamente o a través de sus delegados, cuando manifiesten cualquier clase de inquietud relacionada con las funciones y apoyo prestado.
7. El fondo de Recreación y Cultura contará con un presupuesto anual de gestión y de actividades a desarrollar que las elaborará la Comisión y las someterá a aprobación en la Junta Directiva.
8. Proponer y negociar con entidades externas que apoyan el mismo fin y que estén autorizadas por la ley, buscando beneficios de uso de instalaciones y/o apoyo económico.
9. Asistir puntualmente a las reuniones cada mes y participar activamente en ellas.
10. Las demás que sean concordantes con la naturaleza de sus funciones y responsabilidades
ARTÍCULO 14. RECURSOS DEL FONDO:
El Fondo de Recreación y Cultura se nutrirá con los siguientes recursos:
1. Asignación de los presupuestos que se asignen por la Asamblea General Ordinaria, según el balance aprobado a 31 de diciembre de cada año, articulo 21 Numeral 4.1. Corresponde al 15%
2. Las cuotas adicionales que paguen los afiliados a fin de obtener un mayor beneficio.
3. Lo proveniente de los rendimientos que dicho fondo pueda generar.
4. Lo que reciba el Fondo de Recreación a título de aportes, auxilios o donaciones de personas naturales o jurídicas, con destinación específica.
5. Con los recursos que la Comisión obtenga a través de actividades, programas o eventos que se realicen para incremento del fondo o un fin específico.
ARTÍCULO 15. RENOVACIÓN DE RECURSOS:
La Junta Directiva presentará y sustentará ante la Asamblea General, un proyecto de incremento progresivo de los recursos económicos del Fondo de Recreación y Cultura, con el fin de apoyar la recreación a los Afiliados y su grupo familiar.
ARTICULO 16. PAGOS QUE PUEDEN SUFRAGARSE CON CARGO AL FONDO DE RECREACIÓN Y CULTURA:
La comisión de Recreación y Cultura contara con dos secciones. La primera sección maneja los descuentos otorgados a los afiliados, los cuales se reconocerán con colaboración del personal administrativo de Sintracontexa. La información de estos auxilios se registra en la base de datos en Excel de recreación; la segunda serán las actividades y programas que en esta materia se aprueben por la Junta Directiva.
SECCION 01
El Fondo de Recreación y Cultura pensando en el bienestar de sus afiliados y su grupo familiar ha celebrado convenios con Hosterías y la Caja de Compensación Familiar COMFAMA, con el fin de promover el descanso, la recreación, la salud y el deporte.
1. DESCUENTO HOSTERIAS: Para el Afiliado vinculado y su grupo familiar, obtendrá descuentos en los planes que ofrecen la Hostería El Tesoro y Rio Escondido en San Jerónimo – Antioquia. Para acceder a este descuento el afiliado solicita en Sintracontexa la cotización según el plan que desee, se puede pagar por deducción de nómina, diligenciando el Formato de Solicitud de Préstamos de Sintracontexa.
Monto máximo: $500.000
Debe contar con capacidad de endeudamiento.
Puede pagarse con consignación directa a Sintracontexa.
2. DESCUENTO EN GIMNASIO COMFAMA: Para el Afiliado Vinculado ingreso al GIMNASIO de COMFAMA, con la compra de “Tiquetera por doce (12)”, con un 30% de descuentos sobre las tarifas del afiliado en la Caja de compensación, tarifas tipo A, B o C, en las sedes Aranjuez, Itagüí, Ciudad del Rio y Rionegro.
• Tarifa tipo A: $25.700 Tiquetera x 12 y descuento del 30% queda en $17.990
• Tarifa tipo B: $27.500 Tiquetera x 12 y descuento del 30% queda en $19.250
Se puede pagar por deducción de nómina en máximo 2 cuotas, llenado el Formato de Solicitud de Préstamos de Sintracontexa
PARAGRAFO 01: El descuento aplica para un curso de su elección, entre el numeral 2 o 3 de la Sección 01, para ser usado por el Afiliado o uno de sus hijos.
PARAGRAFO 02: Este beneficio será por un periodo máximo de seis (6) meses.
3. DESCUENTO CURSOS PARA LOS HIJOS DE LOS AFILIADOS: Matriculas en COMFAMA para cursos Trimestrales, en las sedes de Aranjuez, Belén, Bello, Centro Comercial Premium Plaza, CENSA San Ignacio, Núcleo Empresarial, Universidad Nacional, Pedregal, Copacabana, Envigado, Girardota, Itagüí, La Ceja, La Estrella y Rionegro, para los siguientes cursos:
● FUTBOL: Para niños y niñas en edad de 4 a 15 años.
● NATACIÓN: Para niños y jóvenes entre los 2 y 22 años.
● PATINAJE: Para niños y jóvenes entre los 4 y 22 años.
Tarifa tipo A: Desde $19.800 hasta $46.200 menos el 30% de descuento
Tarifa tipo B: Desde $27.700 hasta $64.800 menos el 30% de descuento
FECHAS DE CORTE: Se Reciben Solicitudes del 05 al 10 de cada mes si desea iniciar el 15 el mes y del 20 al 25 de cada mes para iniciar a principio de mes siguiente.
Se puede pagar por deducción de nómina en máximo 2 cuotas, llenado el Formato de Solicitud de Préstamos de Sintracontexa
PARAGRAFO 01: El descuento aplica para un curso de su elección, entre el numeral 2 o 3 de la Sección 01, para ser usado por el Afiliado o uno de sus hijos.
PARAGRAFO 02: Este beneficio será por un periodo máximo de seis (6) meses.
SECCION 02
La comisión de Recreación y Cultura será responsable de estudiar, cotizar y proponer a la Junta Directiva para su aprobación, diferentes PROGRAMAS para los afiliados y su grupo familiar, en:
1. RECREACIÓN: La recreación centrada en el disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las potencialidades de los afiliados y su grupo familiar, allí es donde la comisión proyecta programas de recreación con acceso a Sitios para El Descanso, Excursiones y Viajes, promover la Programación Cultural ofrecida en los diferentes Municipios donde viven los afiliados.
2. CULTURA: Promover la Programación Cultural ofrecida en los diferentes Municipios donde viven los afiliados, Visitas a Museos, Conoce tu barrio a través de la Acción Comunal.
3. EXPRESIÓN ARTÍSTICA: una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales, como son:
Semilleros: Canto, Pintura, Teatro, Danza, Instrumentos Musicales y Manualidades.
Concursos: Crear espacios para Muestras Artísticas en Pintura, Canto, Danza y Manualidades.
4. DEPORTE: Con la finalidad de contribuir al desarrollo integral del afiliado, desde la iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos, con los programas del sector educativo formal y no formal.
• Deporte social comunitario. Es el aprovechamiento del deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo físico de la comunidad. Procura integración, descanso y creatividad. Se realiza mediante la acción interinstitucional y la participación comunitaria para el mejoramiento de la calidad de vida.
• Deporte aficionado. Es aquel que no admite pago o indemnización alguna a favor de los jugadores o competidores distinto del monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio de la actividad deportiva correspondiente.
5. CELEBRACIONES VARIAS:
El comité estará a cargo de las siguientes celebraciones.
• Cumpleaños.
• Dia de la mujer.
• Día del hombre.
• Amor y Amistad.
• Vacaciones recreativas.
• Detalle a pensionados.
ARTÍCULO 17. RESTRICCIONES:
Serán restricciones para la comisión de recreación, los dineros que sean solicitados por los conceptos que no sean señalados en este Reglamento.
ARTÍCULO 18. GENERALIDADES:
La Comisión de Recreación y Cultura en su actuar aplicará las siguientes generalidades:
1. En el evento en que los recursos del Fondo se agoten completamente, cesará desembolsos de los dineros, durante el tiempo que dicha situación subsista. Cuando el Fondo recupere su solvencia, se reanudará la salida de los dineros, sólo a partir de ese momento, y no habrá carácter retroactivo.
2. La comisión contará con un auxilio de viáticos para cada reunión de la siguiente manera:
• Medellín: 1.90% DE UN SMMLV
• Oriente: 2.84% DE UN SMMLV
• Girardota: 2.33% DE UN SMMLV
Redondeado al múltiplo de mil más cercano.
Si el afiliado ejecutor no cuenta con almuerzo en la planta donde presta sus servicios, el comité le brindara el almuerzo y este no debe superar los 1.31% de un SMMLV incluida la bebida.
El refrigerio que se autoriza equivale al 0.6% de un SMMLV
Estos recursos estarán a cargo del fondo de Capacitación y Educación.
3. La comisión contará con un coordinador que a su vez será miembro activo de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 19. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Y APROBACION DE RECURSOS Y PROGRAMAS: El siguiente es el procedimiento que se debe llevar a cabo para otorgar los auxilios que están en la Sección 01:
1. El afiliado diligencia el Anexo No. 02: Formato Solicitud de Auxilio y deberá ser dirigido a Sintracontexa, anexando los respectivos soportes.
2. El Auxiliar administrativo encargado, verifica la información e ingresa la novedad en la nómina.
3. El Contador revisa y aprueba el auxilio.
4. El Auxiliar administrativo debe ingresar en la Base de Datos Comisión de Recreación y Cultura, los auxilios otorgados en cada periodo de pago de nómina.
ARTÍCULO 20. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Y APROBACION DE PROGRAMAS DE RECREACIÓN Y CULTURA: El siguiente es el procedimiento que se debe llevar a cabo para los programas de apoyo para la recreación de la Sección 02:
1. En reuniones de la comisión se deliberará los programas que se desarrollarán durante el año y serán presentados por el coordinador del comité a la Junta Directiva para su aprobación.
2. Después de ser aprobados los programas, la comisión establece la logística para llevar a cabo cada programa.
3. Elabora cronograma de actividades con las responsabilidades de la comisión para la actividad.
4. En reunión de la comisión se elabora lista de chequeo y se aseguran los recursos para llevar a cabo la actividad.
5. Elaborar los comunicados a los interesados de la actividad.
6. En el desarrollo de la actividad, recopilar los soportes necesarios como: asistencia, facturas de proveedores, entrega de transporte, entre otros.
7. Al finalizar la actividad entregar soportes a contabilidad de los egresos invertidos en la actividad.
8. Ingresar las actividades realizadas a la Base de Datos de la comisión para tener información para reportes e informes a la Junta Directiva
9. Elaborar el informe de resumen sobre el resultado de la actividad, verificando el cumplimiento de los objetivos de esta y se envía informe firmado por el presidente a la de Junta Directiva.
ARTICULO 21. VIGENCIA:
El presente reglamento rige a partir de la fecha de su publicación. Así mismo, deroga todas las normas que le sean contrarias.
Este reglamento fue aprobado en la ciudad de Medellín el día 21 del mes de octubre de 2023 en reunión de la Junta Directiva, según consta en el acta 247.